Consejo Estatal de Medios Audiovisuales


El Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA) se crea por la Ley General Audiovisual, de 2010.[1] Es una autoridad independiente, supervisora y reguladora de actividad de los medios de titularidad del Estado o que estén bajo su competencia, con capacidad sancionadora, encargada del control y seguimiento del cumplimiento de la mencionada ley y, en general, de la normativa audiovisual de ámbito estatal.

Tiene por finalidad velar y garantizar el cumplimiento de los siguientes objetivos:

a) El libre ejercicio de la comunicación audiovisual en materia de radio, televisión y servicios conexos e interactivos en las condiciones previstas en la Ley General Audiovisual.
b) La plena eficacia de los derechos y obligaciones establecidos en la Ley General Audiovisual, en especial todo lo referente al menor.
c) La transparencia y el pluralismo del sector de los medios de comunicación audiovisual.
d) La independencia e imparcialidad del sector público estatal de radio, televisión y servicios conexos e interactivos, y el cumplimiento de la misión de servicio público que le sea encomendada.

El CEMA estará compuesto por la Presidencia, la Vicepresidencia y siete consejerías. Tanto el presidente como los consejeros serán nombrados por el Gobierno mediante real decreto a propuesta del Congreso de los Diputados, aprobada por la mayoría de tres quintos. El texto prevé que los consejeros «serán elegidos entre personas de de reconocida competencia en materias relacionadas con el sector audiovisual en todas sus vertientes».


  1. Título V de la Ley, arts. 44 a 54, págs. 27 a 31

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